Periódico digital del Norte de Tenerife
José Melchor Hernández Castilla. Secretario de la Asociación Wolgang Köhler
Dedicado a la Memoria de mi buen amigo Francisco Jordán Castro.
Las lavas del Volcán de las Arenas (montaña de la horca), en 1430, corrieron sobre el llano del Taoro –antiguo Monte Miseria o El Robado-, derramando por las laderas sobre la hondonada de Las Cabezas, pero las masas principales de lava corrieron hacia un ancho cauce de barranco que existía entre El Tope y El Taoro. El plano de Miguel Maffiote, de 1839, muestra la jurisdicción del Realejo de Arriba y del Puerto de la Cruz, y en él se escribe claramente la palabra Robado. Esta situación de El Robado se puede visualizar en el mapa de José Agustín Álvarez Rixo de 1828 -después del aluvión de 1826-; se puede ver claramente una gran zona, al Sur del casco de la ciudad, que se denomina Mal-Países y Sitios con Frutales. El Robado era propiedad de Tomas Fidel Cologan y Bobadilla y la adquirió en 1825 por herencia de su padre Bernardo Cologan Fallon, constituida por 21 fanegadas: 134.400 metros cuadrados. En 1865, en El Robado, a 700 metros del ayuntamiento aproximadamente, se ubicaban 3 edificios de 1 piso habitados por 3 vecinos, 14 almas, es decir 14 personas. Actualmente, se podría decir que de el antiguo Monte Miseria o El Robado se han constituido, a través de los años, cuatro jardines de interés: Jardines del Taoro (mirando al puerto), Parque Taoro (jardín inglés), Jardín del Risco de Oro y Jardines de La Casona de El Robado o de San Fernando (plantas canarias). El último, por desgracia, no se encuentra en el catálogo de jardines del Ayuntamiento del Puerto de la Cruz, pero si protegido desde 1996 con categoría de Bien de Interés Cultural por parte del Cabildo de Tenerife. El anuncio de 15 de julio de 2002, por el que se hace pública la Resolución de 15 de julio de 2002, que rectifica la Resolución de 19 de noviembre de 1984, que incoa expediente de delimitación de Bien de Interés Cultural, con categoría de Conjunto Histórico, a favor de Puerto de la Cruz, en dicho término municipal (B.O.C., miércoles 13 de noviembre 2002); en la delimitación, concretamente, cuando se habla de los islotes, en el punto D, se incluye El Casino y Parque Taoro (1890-3), la Iglesia Anglicana (1890) y la Casa del Párroco –The Parsonage- (1903); también se menciona la Biblioteca Inglesa –English Library (1903)- en el islote E. . Pero el edificio más antiguo de la zona, La Casona de San Fernando, antes el Robado (1887), y sus Jardines no se incluyen en la delimitación como islote.
Los malpaíses de Taoro sufren la agresión de proyectos de obra poco sensibles ante los valores que atesoran, viéndose restringidos a unas pequeñas áreas desconectadas entre sí. Se ha presentado una documentada propuesta de mejora ambiental, centrada en la potenciación de los malpaíses y de su flora y fauna asociadas y en evitar que la obra civil impacte negativamente a niveles ambientales y paisajísticos. Mientras la Memoria Rehabilitación del Parque de La Sortija en la montaña del Taoro (proyecto conocido en el 2000, y redactados por los arquitectos Artengo-Domínguez Anadon y Asociados SL con la colaboración del botánico José María Montserrat, especialista en flora canaria y africana, del ingeniero agrónomo González Eladio y del despacho de ingenieros industriales I.H.D., por encargo del Cabildo Insular de Tenerife; y revisado en 2001/2002 por Anadon205 SL y el Servicio de Turismo y Paisaje del Cabildo de Tenerife) incumple normas urbanísticas y paisajísticas de las propias administraciones locales (Ayuntamiento y Cabildo), otros, desde el ámbito universitario, Wolfredo Wildpret de la Torre, catedrático de Botánica, junto a la ingeniera ténica agrícola Elisa Padrón Zamora, realizan algunos comentarios pertinentes en su visita del 24 de mayo de 2002 al Parque de Taoro: “A pesar de la manifiesta acción antrópica antes mencionada, quedan algunos restos de esta corriente de lava a modo de islotes de vegetación que se considera urgente y necesario su conservación y acondicionamiento. En este sentido la conservación se debe contemplar exclusivamente desde el punto de vista de la catalogación de la flora y vegetación liquénica y el acondicionamiento, desde mi punto de vista, debe realizarse exclusivamente basándose en la eliminación de especies exóticas introducidas en ese hábitat (principalmente el arbusto Wigandia caracasana, el más abundante entre otros)”. En cualquier caso, es un enigma como las propias administraciones locales son capaces de saltar sobre la ley cual gacela majestuosa. ¿No tienen técnicos capacitados, no saben sus propias normativas, no han realizado estudios rigurosos, no conocen la realidad en la que viven? Es hora de que el ciudadano de a pie exija a las administraciones, que paga con sus impuestos, el cumplimiento de unas leyes o normas que todos asumimos y/o acatamos. La ley debe ser igual para todos, y las administraciones públicas deben ser modelo y ejemplo clarificador del comportamiento humano.